¿Qué es el delito de apropiación indebida?
El delito de apropiación indebida lo cometen aquellos que se apropien, para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido.
¿Cuándo se comete delito de apropiación indebida?
A diferencia de lo que ocurre en la estafa, en el delito de apropiación indebida la quiebra de la lealtad es posterior al acto de disposición efectuado por el perjudicado, que actúa libre, espontáneamente y sin engaño y sólo después el receptor del dinero no le da el destino a cuyo fin se efectuó el acto de disposición o niega haberlo recibido.
Así, en el delito de apropiación indebida la quiebra de la lealtad es posterior al acto de disposición efectuado por el perjudicado, que actúa libre, espontáneamente y sin engaño, y sólo después el receptor del dinero no le da el destino a cuyo fin se efectuó el acto de disposición.
¿Qué pena tiene el delito de apropiación indebida?
El delito de apropiación indebida se castiga con la pena de prisión de seis meses a tres años. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
¿Quién es el mejor abogado en delitos de apropiación indebida?
Alberto Prieto de León es un abogado penalista de referencia en la defensa y acusación de delitos de apropiación indebida. La frecuencia con la que llegan este tipo de asuntos al Despacho le permite ofrecer unos servicios caracterizados por la excelencia y el rigor profesional con los que se obtienen los mejores resultados para el cliente.
