¿Qué es el delito fiscal?
El delito fiscal es la conducta regulada en el artículo 305 del Código Penal consistente en defraudar a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando indebidamente beneficios fiscales.
Defraudar no es dejar de ingresar una deuda previamente reconocida, sino ocultar, total o parcialmente, su existencia.
¿Cuándo se comete delito fiscal?
Se comete delito fiscal cuando el importe de la cuota defraudada supera los 120.000 euros.
Este importe debe calcularse, de manera individual, por cada impuesto y período impositivo defraudados.
¿Quién puede cometer delito fiscal?
El delito fiscal sólo puede ser cometido por el obligado tributario, ya sea persona física o persona jurídica (sociedades).
También pueden verse implicados asesores fiscales, contables, administradores de hecho, administradores de derecho o terceros cuya intervención haya contribuido a la planificación o ejecución de la operativa defraudatoria.
¿Qué pena tiene el delito fiscal?
El delito fiscal está castigado, en su modalidad básica, con pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada. Además, puede imponerse la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un determinado periodo.
Cuando resulta aplicable el tipo agravado del artículo 305.bis del Código Penal, la pena se eleva a prisión de dos a seis años y multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada.
Si he defraudado más de 120.000 euros, pero todavía no me han notificado nada, ¿puedo arreglar la situación?
El artículo 305 del Código Penal prevé que no será castigado penalmente quien haya regularizado su situación tributaria en los términos legalmente previstos. Esta regularización exige el completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria antes de que se produzcan determinadas actuaciones administrativas o judiciales que impidan beneficiarse de ese efecto exonerador.
Si he defraudado más de 120.000 euros, y me han notificado mi condición de investigado en un procedimiento penal, ¿puedo regularizar la deuda?
Sí. En ese caso, los Jueces y Tribunales pueden reducir considerablemente la pena al obligado tributario o autor del delito si, antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado, satisface la deuda tributaria y reconoce judicialmente los hechos.
Si he ayudado al obligado tributario a defraudar más de 120.000 euros y me citan como investigado, ¿qué puedo hacer para reducir mi pena?
Los Jueces y Tribunales pueden reducir considerablemente la pena a los partícipes del delito cuando colaboren activamente para la obtención de pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables, para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos o para la averiguación del patrimonio del obligado tributario o de otros responsables del delito.
¿Quién es el mejor abogado para defenderme en un procedimiento por delito fiscal?
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